JURISPRUDENCIA CONTRATO LABORAL
DEL CONTRATO LABORAL Y SUS ELEMENTOS
(JURISPRUDENCIA)
Dentro del elemento subordinación se destaca,
como ya lo ha sostenido la jurisprudencia, el poder de dirección en la
actividad laboral y la potestad disciplinaria que el empleador ejerce sobre sus
trabajadores para mantener el orden y la disciplina en su empresa. Esa
facultad, como es obvio, se predica solamente respecto de la actividad laboral
y gira en torno a los efectos propios de esa relación laboral. Sin embargo, aun
en ese ámbito de trabajo la subordinación no puede ni debe ser considerada como
un poder absoluto y arbitrario del empleador frente a los trabajadores. En
efecto, la subordinación no es sinónimo de terca obediencia o de esclavitud
toda vez que el trabajador es una persona capaz de discernir, de razonar, y
como tal no está obligado a cumplir órdenes que atenten contra su dignidad, su
integridad o que lo induzcan a cometer hechos punibles. El propio legislador
precisó que la facultad que se desprende del elemento subordinación para el
empleador no puede afectar el honor, la dignidad ni los derechos de los
trabajadores y menos puede desconocer lo dispuesto en tratados o convenios
internacionales que sobre derechos humanos relativos a la materia obliguen a
Colombia.
Autor: Doris Flor Burbano Portilla
Código: 1621022474
Referencia:
Corte Constitucional. 2004. Recuperado de: http://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2004/C-934-04.htm
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